El consorcio Justicia Viva, ha presentado una importante investigación sobre la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura, donde se da a conocer los avances en la implementación del nuevo proceso y las deficiencias detectadas; esperamos que con dicho documentos, las autoridades encargadas de la implementación corrijan las deficiencias de cara a su implementacion en otros disritos judiciales y se fortalescan los avances positivos.
Mostrando entradas con la etiqueta LA IMPLEMENTACION DEL NCPP EN EL PERU. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta LA IMPLEMENTACION DEL NCPP EN EL PERU. Mostrar todas las entradas
sábado, 26 de abril de 2008
sábado, 12 de abril de 2008
BALANCE. AUTORIDADES DE LA JUDICATURA EXPONEN HOY LOGROS DE LA APLICACIÓN DEL NCPP EN ESTA CORTE
Avanza reforma penal en Huaura
Los magistrados demuestran buena calidad en desempeño.
Plazos establecidos, oralidad y separación de funciones son cumplidos.
Los resultados de la aplicación del primer año de vigencia del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en Huaura no sólo son positivos, sino también confirman que el país marcha por el camino seguro hacia la anhelada reforma y modernización de nuestra justicia penal. Esto se desprende del balance que presentan hoy las principales autoridades de la judicatura en dicha corte, al haber transcurrido más de 365 días desde la puesta en vigencia por primera vez de este cuerpo legal en el Perú.
Según dicha evaluación, en el primer año de aplicación de este código, los jueces y fiscales, junto a la Policía Nacional y los defensores de oficio, se adaptaron a las exigencias del nuevo modelo.
Además, el documento releva que los plazos establecidos, la oralidad y la separación de funciones se están cumpliendo en gran medida.
Documento
Este balance titulado La aplicación del Nuevo Código procesal penal en Huaura. Una experiencia positiva, elaborado por el Consorcio de Justicia Viva, será expuesto en presencia de la Fiscal de la Nación, Gladys Echaíz, y otras importantes autoridades de la magistratura peruana. Los comentarios estarán a cargo del presidente de la Corte de Justicia de Huaura, Moisés Solórzano; el ex procurador Iván Meini y el director de Justicia Viva, Ernesto de la Jara.
Dicho documento ha sido elaborado con información oficial proporcionada por las principales instituciones del sistema de justicia de esta corte judicial.
Referente
Su resultado será de mucha utilidad tanto para Huaura, que a lo largo de los siguientes años deberá seguir consolidando la transformación del modelo procesal penal, como para el resto de distritos judiciales que, progresivamente, han iniciado el mismo proceso. Es el caso del distrito judicial de La Libertad, segunda experiencia piloto que se inició el 1 de julio de 2007, y las cortes de Tacna y Moquegua, en los cuales acaba de comenzar la aplicación del nuevo modelo penal, a partir del 1 de abril.
Propuestas de mejora
Si bien la experiencia de Huaura es positiva, aún persisten inconvenientes que justifican la aplicación de medidas, útiles también para el resto de distritos judiciales, expresa el experto de Justicia Viva, Fernando del Mastro.
Entre ellas, dotar de equipos adecuados para la investigación a la Policía y al Ministerio Público, modificar la estructura de la Policía de acuerdo con las exigencias del NCPP, capacitar a fiscales y abogados de oficio en técnicas de litigación oral, mecanismos de investigación y aplicación de procedimientos especiales, etcétera.
Fijar los mecanismos de coordinación entre la PNP y el MP, a fin de que existan criterios comunes para el archivo de denuncias, entre otros.
Principales resultados
Poder Judicial. Se crearon 14 juzgados: de investigación preparatoria, unipersonales, colegiado y una sala penal permanente y otra sala penal especial.
Ministerio Público. Cuenta con 67 fiscales. Se crearon fiscalías superiores de carácter penal, provincial-penal corporativa y dos mixtas. Se aumentó también el personal del Instituto de Medicina Legal, que actualmente tiene 23 profesionales.
Producción. Los juzgados tuvieron un ingreso de 4,496 expedientes: 1,453 nuevos y 3,000 adecuados. Un promedio de 374 expedientes al mes.
Si a esta cifra se le suman otros requerimientos provenientes de las fiscalías, se llega a 6,087 ingresos para 14 juzgados y 20 magistrados. En el primer año de aplicación del NCPP se resolvieron 1,454 procesos principales, de ellos 1,127 fueron adecuados y 327 nuevos. Esto supone que por lo menos 327 procesos penales han durado menos de un año.
Celeridad. Los expedientes nuevos resueltos por los juzgados a cargo de aplicar el NCPP en este primer año fueron 327, lo que quiere decir que estos procesos duraron menos de un año. Esto refleja una situación muy distinta a la generada con el código anterior, en que lo habitual es que los procesos duren muchos años.
PNP / MP. Ambos actuaron eficazmente como filtros de los casos que ingresan y se procesan. Esto es positivo si se quiere evitar que todas las denuncias -o la mayoría de éstas- sean procesadas por el PJ, a fin de prevenir la sobrecarga y permitir la celeridad.
Actuación de los magistrados
Los magistrados en la Corte de Huaura, en términos generales, han mostrado una buena calidad en su actuación en el marco del nuevo modelo procesal penal.
Según el informe presentado por Justicia Viva, el 68.2% de las actuaciones en las audiencias ha sido calificado como buenas; y, ninguno de los rubros evaluados -respeto por las garantías, calidad en la dirección del debate y calidad de las preguntas realizadas- ha recibido una calificación negativa.
En cuanto a los fiscales, su actuación resulta, sin duda, más efectiva y meritoria que con el anterior modelo. De esta manera, el 70% de las actuaciones, el desempeño de los fiscales en las audiencias resultó bueno o regular, lo que sin duda es significativo. Sin embargo, es necesario apuntar que todavía se deben mejorar algunos aspectos, como el nivel de exposición y de pruebas presentadas.
En el caso de los defensores de oficio, se puede anotar que la situación es similar a la de los fiscales; es decir, que su actuación resulta adecuada y, sin duda, mejor que la del resto de los defensores a escala nacional.
EL PERUANO 10-04-08
Etiquetas:
LA IMPLEMENTACION DEL NCPP EN EL PERU
martes, 1 de abril de 2008
BALANCE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA RESPECTO ALPRIMER AÑO DE APLICACIÓN DEL NCPP
El 14 de marzo último, el Ministerio de Justicia publicó en su página web su Informe Anual sobre la implementación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en el Distrito Judicial de Huaura (ver: Informe).
Desde nuestro punto de vista, este Informe es un interesante documento que da cuenta de un importante y meritorio esfuerzo realizado por el Ministerio de Justicia, toda vez que presenta datos y plantea una serie de recomendaciones que deberán tenerse en cuenta por parte de las instituciones que vienen aplicando el NCPP. Sin perjuicio de lo mencionado, y como se advierte en el mismo Informe, el Ministerio de Justicia se centra en los primeros resultados obtenidos y principalmente en algunos aspectos cuantitativos. De allí que el Informe presente también algunas carencias que es preciso mencionar.
En lo relativo a los datos más importantes podemos mencionar, entre otros:
• Avances en cambios organizacionales y mejoras en infraestructura. En el caso del Poder Judicial, por ejemplo, se crearon 14 nuevos órganos jurisdiccionales.
• Mayores garantías para las víctimas y testigos fundamentalmente a través de la Oficina de Atención de Víctimas y Testigos, que durante el primer año, entre otras actividades, atendió 464 consultas.
• Una baja cantidad de casos que llegan a juicio oral. En los casos nuevos, por ejemplo, de un total de 7979 denuncias solo 120 transcurrieron todas las etapas del proceso.
En cuanto a las recomendaciones, tenemos como algunas de las principales:
• Dotar de equipos adecuados tanto a la Policía como al Ministerio Público, como es el caso, por ejemplo, de los laboratorios de criminalística.
• Modificar el régimen del personal policial a fin de que esté de acuerdo a las exigencias del NCPP.
• Es necesario que se haga una evaluación presupuestal y se dote de los recursos adecuados tanto a Huaura como a los otros distritos judiciales, a fin de que la implementación del NCPP sea idónea.
Sin perjuicio de que muchos de los datos y recomendaciones del Informe del Ministerio de Justicia son interesantes y dan cuenta de parte de lo que viene ocurriendo en Huaura, consideramos que un balance detallado exige abordar otros aspectos (aspectos que, a su vez, exigirían consultar y analizar una cantidad de fuentes importantes, tales como: fichado de expedientes y audiencias, realización de entrevistas, análisis de decisiones, entre otros). Veamos algunos de las acciones que un balance más detallado exigiría realizar.
• Efectuar una evaluación desagregada de lo ocurrido en las diversas instancias del Poder Judicial e indagar cuáles son los diversos problemas que tienen lugar en las diferentes fases del proceso. Así, por mencionar un ejemplo, se debe verificar qué problemas que pueden estar demorando los procesos en sus diversas etapas.
• Realizar una evaluación cualitativa de la actuación de los funcionarios en el ejercicio de sus diferentes funciones, así como de las decisiones adoptadas. Esto es central ya que una aproximación netamente cuantitativa no refleja realmente los problemas que pueden estar dándose en la aplicación del NCPP.
• Se deriva de lo anterior que las propuestas realizadas no se deben limitar a aspectos de infraestructura y difusión general: se deben proponer diversos mecanismos de capacitaciones en orden de mejorar el sistema; capacitaciones sobre diversas materias, tales como utilización de procedimientos especiales, técnicas de investigación, dirección de audiencias, técnicas de litigación, entre otras.
No obstante lo dicho, consideramos que el Informe del Ministerio de Justicia es un valioso aporte al debate entorno aplicación del NCPP; debate que buscaremos enriquecer próximamente con la publicación de nuestro Balance, titulado "La aplicación del Nuevo Código Procesal Penal en Huaura. Una experiencia positiva".(Fernando Del Mastro Puccio)
Etiquetas:
LA IMPLEMENTACION DEL NCPP EN EL PERU
SOBRE EL ACCESO A LA JUSTICIA
Cumbre Iberoamericana aprueba reglas de Brasilia
Javier La Rosa Calle.
Abogado *
Uno de los acuerdos más importantes aprobado en la reciente 14a Cumbre Judicial Iberoamericana llevada a cabo en Brasilia, del 4 al 6 de marzo, han sido las denominadas Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad. Esta edición de la Cumbre Judicial reunió a las presidentes de las Cortes y Tribunales Supremos de la mayoría de países iberoamericanos, quienes continuando una tradición iniciada hace varios años se reunieron para evaluar los diversos compromisos de concertación, diálogo e intercambio de experiencias que contribuyesen a modernizar los poderes judiciales en sus respectivos lugares de origen.
En esta orientación, se aprobaron diversas declaraciones particulares, siendo la primera de ellas la de Acceso a la Justicia, en la cual de manera enfática se señala que por este concepto no sólo debe entenderse el acceso a los tribunales, sino también el acceso al goce pleno de los derechos, especialmente de los fundamentales, y las diversas alternativas para la resolución pacífica de los conflictos.
Llama la atención positivamente que sean las máximas autoridades judiciales de los países de la región quienes opten por una definición amplia e inclusiva del derecho al acceso a la justicia, superando aquellas posiciones que sólo la equiparan como tutela judicial. La posición aprobada establece un giro radical en lo que se ha venido asumiendo desde los poderes públicos, lo cual se reflejaba al momento de aprobar las políticas respectivas que siempre resultaban insuficientes.
De este modo, la aprobación de las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad es un hito relevante a nivel de los documentos internacionales, donde antes este tema no había sido comprendido de manera expresa, sino sólo como parte de otros derechos fundamentales. Con la declaración señalada, a pesar de no ser vinculante, se establece una guía de orientación, a la que se comprometen las autoridades judiciales, para promover dentro de la modernización de los servicios judiciales una concepción distinta y abiertamente democratizadora.
Esperamos que la declaración y los compromisos de las Reglas de Brasilia influyan en el desempeño de nuestras autoridades, permitiendo redefinir lo que hasta ahora ha venido entendiéndose por este concepto, de manera que se adopten medidas coherentes, sostenibles y con una orientación programática: una política pública en acceso a la justicia.
* Consorcio Justicia Viva
EL PERUANO 01-04-08
Etiquetas:
LA IMPLEMENTACION DEL NCPP EN EL PERU,
TODO EL DERECHO
Nuevo Código Procesal Penal vigente en Moquegua y Tacna
Reforma procesal de la justicia penal avanza hasta la zona sur del país.
Principales autoridades de la judicatura confían en el éxito del cambio.
Principales autoridades de la judicatura confían en el éxito del cambio.
A casi un año de la implementación destacable del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en los distritos judiciales de Huaura y La Libertad, desde hoy este moderno cuerpo legal destinado a impulsar el verdadero cambio de la justicia penal empezará a regir en el sur del país, concretamente, en las cortes superiores de Moquegua y Tacna.
Precisamente, para dar inicio de manera simbólica a la puesta en vigencia del NCPP, el presidente del Poder Judicial, Francisco Távara; la fiscal de la Nación, Gladys Echaíz; los titulares de Justicia y del Interior, Rosario Fernández y Luis Alva Castro, respectivamente, entre otras personalidades, se trasladaron ayer hasta la ciudad de Moquegua para anunciar oficialmente el inicio del nuevo proceso penal. Similar ceremonia se realiza hoy en la ciudad Tacna.
De acuerdo al protocolo, en ambas actividades se da lectura a la Ley Nº 28671, referida a la aplicación del nuevo proceso penal, y a los informes de los distritos judiciales de Huaura y La Libertad, donde se detallan sus principales experiencias, logros y conclusiones del primer año de vigencia de este texto legal en Huaura, así como la precisión de las tareas y retos que aún quedan pendientes.
En términos generales, para la secretaria técnica de la comisión especial de implementación del NCPP, el primer año de vigencia de este cuerpo legal arroja un resultado favorable y positivo. Incluso, añade, se ha demostrado que a pesar de no haber contado con la totalidad de los recursos para la implementación, el esfuerzo de las instituciones ha podido lograr un importante avance en la aplicación del nuevo código hacia su pronta consolidación, especialmente, en el distrito de Huaura.
Modernidad
"No se trata sólo de sustituir un código por otro, sino, por el contrario, de una verdadera reforma en la administración de justicia penal, por lo que exige un gran trabajo para su debida implementación. Esto conlleva al planeamiento, ejecución y seguimiento de diversas tareas y actividades en varias áreas de trabajo, como el diseño del sistema, monitoreo y evaluación, presupuesto y gestión de recursos, capacitación y difusión, así como adecuación normativa, entre otros", explica la citada comisión.
El 1 de julio de 2006 entró en vigencia en el Distrito Judicial de Huaura el Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo 957, lo que dio inicio a la aplicación de un nuevo modelo procesal penal de orientación acusatorio-adversarial, en lo que constituye el más importante cambio en el sistema de justicia penal en el país.
Datos
La aplicación del NCPP en la zona sur del país demanda una inversión global de 24 millones de nuevos soles, informó recientemente la fiscal de la Nación, Gladys Echaíz. De ello, 14 millones fueron distribuidos para Tacna y los otros 10 millones a Moquegua.
El NCPP ya se encuentra vigente en los distritos judiciales de Huaura (2006) y La Libertad (2007).
De interés
Características
1) Se disminuye drásticamente la posibilidad de actos de corrupción, pues los juicios orales son públicos con acceso de la población a las audiencias.
2) Permite la aplicación de salidas alternativas para culminar el proceso en menor tiempo como: principio de oportunidad, acuerdos reparatorios, terminación anticipada, etc.
3) Con el nuevo modelo, el fiscal dirige la investigación con participación de la PNP.
4) Garantiza el respeto irrestricto a la igualdad entre las partes en la defensa de sus derechos, el debido proceso y la presunción de inocencia.
EL PERUANO 01-04-08
Etiquetas:
LA IMPLEMENTACION DEL NCPP EN EL PERU
Suscribirse a:
Entradas (Atom)